Seguros de protección de pagos
Los seguros de protección de pagos son pólizas diseñadas para garantizar el pago de cuotas o préstamos en caso de que el asegurado sufra un imprevisto que le impida cumplir con sus obligaciones financieras, como una pérdida de empleo, incapacidad temporal o incluso fallecimiento.
Toda la información:
¿Qué es un seguro de protección de pagos?
Es un seguro que protege a consumidores o empresas frente a la imposibilidad de hacer frente a pagos periódicos (hipotecas, créditos personales, cuotas de préstamos, renting, leasing…) debido a situaciones inesperadas como:
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Desempleo involuntario
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Incapacidad temporal o permanente
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Enfermedad grave
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Fallecimiento
¿Qué cubre un seguro de protección de pagos?
Coberturas típicas:
| Cobertura | Detalles |
|---|---|
| Desempleo | Pago de cuotas mientras dure la situación |
| Incapacidad temporal | Pago de cuotas durante la baja médica |
| Incapacidad permanente | Cancelación total o parcial de deuda |
| Fallecimiento | Pago total o amortización del crédito |
| Hospitalización | Indemnización diaria para gastos derivados |
Tipos de seguros de protección de pagos
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Seguro de protección de préstamos personales o hipotecarios: Muy común para créditos bancarios.
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Seguro de protección de alquiler: Cubre la renta en caso de paro o incapacidad.
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Seguro de protección para autónomos y pymes: Cubre impagos o falta de ingresos por enfermedad o accidente.
¿Cuánto cuestan los seguros de protección de pagos?
La prima varía según:
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Tipo y duración del préstamo o crédito
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Edad y profesión del asegurado
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Capital asegurado
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Coberturas seleccionadas
Ejemplo orientativo:
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Prima entre 0,3% y 1,5% del capital pendiente por año
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En hipotecas, puede suponer entre 10 y 30 € al mes dependiendo del préstamo
Ventajas
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Evita impagos y posibles ejecuciones hipotecarias o financieras.
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Proporciona tranquilidad ante imprevistos laborales o de salud.
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Facilita la concesión de préstamos (requisito para algunos bancos).
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Ayuda a mantener la estabilidad financiera familiar o empresarial.
Limitaciones y requisitos
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Puede incluir carencias (periodos antes de poder reclamar).
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No cubre bajas voluntarias o despidos disciplinarios.
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Requiere acreditar desempleo o incapacidad mediante documentación.
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Algunos contratos excluyen profesiones de alto riesgo.
Compañías que ofrecen seguros de protección de pagos
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Mapfre
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AXA
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Allianz
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Zurich
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Generali
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Caser
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Mutua Madrileña
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Santalucía
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